Una correcta defensa puede evitar una sanción disciplinaria

Expediente disciplinario

Es muy importante conocer el procedimiento en caso de vernos envueltos en un proceso disciplinario.

El expediente disciplinario se utiliza para sancionar las faltas en que haya incurrido el funcionario o el personal estatutario en el ejercicio de sus funciones. Es decir, es una manifestación del poder punitivo de las Administraciones Públicas y, aunque son aplicables los principios del derecho penal, existen muchas particularidades en este expediente que conviene tener en cuenta.

El Real Decreto 5/2015, del 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TRLEBEP), es el encargado de regular el régimen disciplinario de los Funcionarios Públicos. En concreto, en los artículos 93 a 98.

En paralelo, con lo dispuesto en el capítulo III, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRSJP), y del Título II del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado. Además, habrá que conocer y estar pendientes de la normativa sectorial de aplicación.

El Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público recoge que los funcionarios pueden ser sancionados con un expediente disciplinario si incurren en cierto errores, los cuales se denominan faltas disciplinarias. Dependiendo de su trascendencia, se las clasifican en leves, graves muy graves.

La instrucción de un expediente disciplinario es larga y compleja, por lo que es aconsejable contar con los servicios de un abogado especialista que le asista en el proceso y le ayude a preparar la defensa.

De una correcta defensa depende, en gran medida, evitar una sanción disciplinaria.

Tipos de sanciones

 

Atendiendo a las faltas que pueda cometer un funcionario, se le impondrán una serie de sanciones según la gravedad de la infracción cometida. Se valorará el grado de intencionalidad, el daño al interés público, la reiteración la participación y la negligencia que proyecte la conducta.
Por ello, las consecuencias de un expediente pueden ser de gran alcance, puesto que las sanciones, dependiendo de la gravedad de la conducta, pueden ser desde el apercibimiento y el demérito hasta el traslado forzoso, suspensión de funciones por una duración de hasta 6 años e incluso la separación del servicio.

De ahí que no se pueda ni se deba menospreciar la apertura de un expediente disciplinario. Si le pasa, no dude en contactar con un especialista que le ayude a hacer frente a esta situación.

En el caso de Vázquez y García Abogados, son muchos los expedientes disciplinarios que han tramitado con éxito ya en vía administrativa (sobreseimiento o sanción mínima respecto de la inicialmente propuesta por la Administración).

2022-11-03T13:20:23+02:00
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